Durante años, gran parte de la gestión de Higiene y Seguridad estuvo asociada a carpetas, planillas, registros en papel, firmas y documentación que muchas veces se generaba para demostrar que una determinada obligación había sido cumplida.
Pero ese modelo empieza a transformarse.
La Resolución SRT 48/2025 establece el denominado Ecosistema Prevención 4.0, un marco que permite incorporar herramientas tecnológicas para el cumplimiento de obligaciones dentro del Sistema de Riesgos del Trabajo.
Y esto abre una conversación mucho más interesante que simplemente preguntarnos si vamos a dejar de usar papel.
La verdadera pregunta es:
¿Cómo va a cambiar nuestro trabajo como profesionales de Higiene y Seguridad?

¿Qué es Prevención 4.0?
La resolución define a las tecnologías 4.0 como aquellas soluciones que permiten la automatización inteligente de procesos, la interconexión en tiempo real y la toma de decisiones basada en datos.
Dentro de este universo pueden aparecer herramientas como sistemas de monitoreo en tiempo real, inteligencia artificial, sensores, plataformas de análisis predictivo y realidad aumentada.
La tecnología puede permitirnos obtener información de manera continua y utilizar esos datos para tomar mejores decisiones preventivas.
Del checklist a los datos en tiempo real
Imaginemos algunos ejemplos.
Un sensor que detecta determinadas condiciones ambientales antes de que alcancen niveles críticos.
Un sistema que genera alertas cuando identifica una situación fuera de los parámetros establecidos.
Una plataforma que permite visualizar indicadores de seguridad de diferentes establecimientos en tiempo real.
Herramientas de inteligencia artificial capaces de colaborar en el análisis de grandes volúmenes de información.
O sistemas de realidad aumentada utilizados para capacitación, identificación de riesgos o asistencia durante determinadas tareas.
Esto no significa que mañana todas las empresas deban implementar estas tecnologías.
Pero sí muestra hacia dónde comienza a evolucionar el sistema.
No cualquier tecnología sirve
Hay un punto fundamental de la Resolución SRT 48/2025: incorporar tecnología no significa simplemente comprar una aplicación, colocar un sensor o digitalizar una planilla.
Las soluciones utilizadas dentro de Prevención 4.0 deben cumplir determinadas condiciones.
La información tiene que almacenarse de manera segura, debe existir trazabilidad de las acciones realizadas, los datos tienen que poder ser recuperados, los sistemas deben permitir auditorías y la documentación generada debe poder ser respaldada.
También aparecen conceptos que probablemente vamos a escuchar cada vez más dentro de nuestra profesión:
interoperabilidad, portabilidad, trazabilidad, ciberseguridad, accesibilidad y protección de datos.
Es decir, la transformación digital de la prevención también incorpora nuevos riesgos y nuevas responsabilidades.
¿Cualquier empresa puede ofrecer soluciones de Prevención 4.0?
Este es uno de los puntos que más atención merece.
La Resolución establece la figura de los Prestadores de Soluciones 4.0, es decir, entidades, empresas o incluso áreas de empresas especializadas en desarrollar o implementar soluciones tecnológicas avanzadas aplicadas a la prevención.
Pero esto no significa que cualquier empresa que comercialice sensores, inteligencia artificial, realidad aumentada o una plataforma digital pueda considerarse automáticamente habilitada para operar dentro del Ecosistema Prevención 4.0.
La propia Resolución establece que la implementación de tecnologías 4.0 dentro del Sistema de Riesgos del Trabajo deberá realizarse a través de proveedores que cuenten con las certificaciones correspondientes, según el alcance y las características de las prestaciones que brindan.
Además, estos prestadores deberán contar con un Responsable de Estándares, encargado de supervisar el cumplimiento técnico y normativo de las soluciones implementadas.
¿Son empresas “homologadas por la SRT”?
Acá hay que hacer una aclaración importante.
La Resolución 48/2025 no utiliza la expresión “empresa homologada por la SRT” ni establece, en este texto, un sistema general mediante el cual la SRT otorgue directamente una homologación a cada empresa tecnológica.
Lo que sí establece es un esquema de certificación y cumplimiento de estándares.
Incluso incorpora la figura de los Certificadores 4.0, definidos como entidades independientes, públicas o privadas, cuya función será evaluar, auditar y certificar que las tecnologías aplicadas cumplan con los estándares definidos por la reglamentación.
Además, los Prestadores de Soluciones 4.0 deberán acreditar el cumplimiento de las pautas técnicas mediante certificaciones expedidas por entidades reconocidas a nivel nacional o internacional.
Por eso, al momento de contratar una solución tecnológica que pretenda utilizarse para cumplir obligaciones dentro del Sistema de Riesgos del Trabajo, ya no debería alcanzar con preguntar:
“¿Qué hace esta plataforma?”
También tendremos que empezar a preguntar:
“¿Quién la provee, qué certificaciones tiene y bajo qué estándares opera?”
Este punto será especialmente importante a medida que la SRT avance con normas complementarias y establezca estándares específicos para determinadas soluciones y obligaciones.
¿Y qué pasa con los códigos QR?
La resolución también contempla expresamente el uso de códigos QR.
Cuando sean utilizados dentro del Ecosistema Prevención 4.0, deberán permitir acceder a información que posibilite visualizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes.
Esto puede abrir muchas posibilidades para la gestión cotidiana: acceso a documentación, registros, procedimientos o información preventiva directamente desde el lugar donde se desarrolla una tarea.
Pero nuevamente aparece una diferencia importante:
poner un QR no convierte automáticamente una gestión en Prevención 4.0.
Detrás debe existir información confiable, disponible, trazable y correctamente gestionada.
Inteligencia artificial: sí, pero con responsabilidad
Uno de los aspectos más interesantes de esta resolución es que menciona expresamente a la inteligencia artificial como una de las tecnologías que pueden integrar este ecosistema.
Y esto es importante.
La discusión ya no debería ser solamente si los profesionales de Higiene y Seguridad tenemos que utilizar inteligencia artificial.
La discusión debería empezar a ser:
¿para qué la utilizamos, qué información le damos, cómo validamos sus resultados y quién se responsabiliza por las decisiones tomadas?
La tecnología puede ayudarnos a procesar información, detectar patrones y hacer más eficiente nuestra gestión.
Pero la decisión preventiva necesita seguir teniendo criterio profesional.
La privacidad también entra en Higiene y Seguridad
La digitalización trae otro desafío: los datos.
La resolución establece que la implementación de soluciones tecnológicas debe preservar aspectos como la identidad, la privacidad y el consentimiento de los trabajadores.
Incluso dedica un apartado específico a los datos biométricos, estableciendo exigencias respecto de su tratamiento, finalidad, consentimiento y seguridad.
Esto significa que la innovación tecnológica no puede avanzar ignorando los derechos de las personas.
No todo lo que técnicamente podemos medir necesariamente deberíamos medirlo sin preguntarnos primero para qué, cómo y bajo qué condiciones.
¿La tecnología va a reemplazar al profesional?
Probablemente esta sea una de las primeras preguntas que aparezcan.
Para mí, sucede exactamente lo contrario.
Cuanta más información tengamos disponible, más importante será contar con profesionales capaces de interpretarla.
Un sensor puede detectar una condición.
Una plataforma puede generar una alerta.
Una inteligencia artificial puede encontrar un patrón.
Pero alguien tiene que comprender el proceso, evaluar el riesgo, establecer prioridades y decidir qué medida preventiva corresponde implementar.
La tecnología puede cambiar nuestras herramientas.
No debería reemplazar nuestro criterio.
El profesional de Higiene y Seguridad que viene
Durante mucho tiempo nuestra profesión estuvo muy vinculada al cumplimiento documental.
El desafío que aparece ahora es empezar a evolucionar hacia una gestión mucho más basada en información.
Eso probablemente implique incorporar nuevas competencias.
No necesariamente tendremos que convertirnos en programadores, pero sí tendremos que entender cómo funcionan las herramientas que utilizamos, qué información generan, cuáles son sus limitaciones y cómo podemos integrarlas a nuestra gestión preventiva.
Porque la prevención del futuro probablemente tenga menos carpetas y más datos.
Menos información aislada y más sistemas conectados.
Menos reacción y más capacidad de anticipación.
Prevención 4.0 recién empieza
La Resolución SRT 48/2025 establece un marco general. Además, faculta a la SRT para establecer estándares específicos para la incorporación de tecnologías destinadas al cumplimiento de obligaciones concretas.
Por eso, probablemente este sea solamente el comienzo.
Y hay algo que como profesionales debemos tener especialmente presente: digitalizar una obligación no significa automáticamente estar cumpliéndola.
La herramienta utilizada tendrá que ser idónea, la información deberá ser trazable y auditable y, cuando corresponda, los prestadores tendrán que acreditar las certificaciones exigidas.
Lo interesante no es pensar que mañana todo será digital.
Lo interesante es entender que la forma en que hacemos prevención está empezando a cambiar.
Y para quienes trabajamos en Higiene y Seguridad aparece una oportunidad enorme:
usar la tecnología no para hacer más rápido lo mismo que hacíamos antes, sino para anticiparnos mejor a los riesgos y tomar mejores decisiones.
Porque Prevención 4.0 no debería significar simplemente digitalizar la prevención.
Debería significar hacer una prevención más inteligente.