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¿Qué es el Sistema de Autoprotección – Ley 5920?
La ley 5920 crea el sistema de autoprotección que consiste en un conjunto de acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, para proporcionar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia.
¿Cómo realizamos el Sistema de Autoprotección hacemos?
Cuando nos contactas, definimos dentro de qué grupo corresponde declarar tu establecimiento y pasamos a la acción comenzando a implementar el plan de evacuación. Te brindamos asesoramiento continuo hasta la aprobación del trámite, además de seguimiento de los vencimientos de simulacros y presentación anual.
Clasificación de los edificios, establecimientos y/o predios según criterios de riesgo en función de destino o uso, superficie, características edilicias y niveles de afluencia de público, en tres grupos:
Grupo I de complejidad de evacuación “baja”,
Grupo II de complejidad de evacuación “media”,
Grupo III de complejidad de Evacuación “Alta”.
Con esos datos pertinentes, el profesional le informará a que grupo pertenece su establecimiento.
Si tu establecimiento corresponde a la categoría de Grupo I deberás contar con la declaración jurada firmada por el Titular, Representante legal o Explotador del recinto donde declara condiciones del edificio, medios de mitigación de riesgos. Se realizará una capacitación sobre sistema de autoprotección y se designarán los roles correspondientes para acciones ante un siniestro. Se deja planilla de capacitación firmada por participantes y profesional de seguridad perteneciente al registro de profesionales aprobados por Defensa Civil.
Se confeccionan planos de evacuación del establecimiento acorde a la ley vigente.
- Visita presencial al recinto, toma de datos correspondientes para generación de informes.
- Confección de memoria descriptiva de la actividad y condiciones constructivas del edificio.
- Descripción de los medios técnicos de protección con que cuenta recinto.
- Identificación y descripción de los riesgos presentes.
- Informe de adecuación para aprobación del informe.
- Capacitación del personal sobre sistema de autoprotección. Asignación de roles al personal para puesta en marcha del procedimiento ante una emergencia y a responsables de coordinar las medidas de evacuación del edificio, establecimiento y/o predio.
- Determinación de procedimiento de alarma y comunicaciones.
- Organización del sistema de autoprotección, acciones ante emergencias.
- Verificación de riesgos potenciales del entorno.
- Valoración de las diferentes hipótesis de siniestros según su posibilidad de ocurrencia.
- Descripción de las acciones y medidas que deberán adoptarse para prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes.
- Cálculo y evaluación de medios de salida.
- Dibujo y confección de Planos de evacuación (con el: usted está aquí)
- Carga del sistema de autoprotección en TAD con poder por parte de la empresa al profesional de higiene y seguridad dentro del registro de defensa civil.
- Seguimiento del trámite, subsanaciones en caso de necesitar y envío de disposición final con aprobación por defensa civil.
- Simulacros